Honorarios
Sin tarifas ocultas, con un presupuesto claro antes de empezar y la franqueza de decirle qué esperar.
En servicios jurídicos, la incertidumbre sobre el coste preocupa casi tanto como el propio asunto. Por eso trabajo los honorarios con transparencia y, antes de aceptar un encargo, le explico por escrito qué voy a hacer y cómo lo facturo, con una estimación realista.
El primer paso es una orientación inicial sin compromiso, en la que valoro su situación, le digo si puedo ayudarle y de qué manera y le propongo la forma de minutación más adecuada antes de que tome ninguna decisión.
Adapto la fórmula a las necesidades del cliente y a cada asunto, sin devaluar el trabajo, mediante las modalidades habituales, que combino cuando tiene sentido:
Un precio fijo, pactado para el asunto o por fases cuando el alcance se puede acotar, con el que usted sabe desde el principio a qué atenerse.
Honorarios según el tiempo de trabajo, con una estimación previa, en asuntos abiertos o de duración incierta.
Un anticipo a cuenta al inicio del encargo, que se va imputando a los honorarios y a los gastos a medida que se avanza.
Una cuota periódica para empresas con necesidad continuada de acompañamiento jurídico.
Cuando la naturaleza del asunto lo permite, una parte de los honorarios se vincula al resultado, con una provisión de fondos al inicio.
La única situación en la que no hay tiempo para un presupuesto es la urgencia penal, por lo que es la única tarifa que aparece publicada.
El precio es por cada asistencia y no por detención. Una detención suele generar dos actuaciones distintas y separadas en el tiempo, la asistencia en comisaría y, después, la comparecencia ante el juzgado de guardia. Cada una se factura a la tarifa de la franja en la que se produce.
Por asistencia, de lunes a viernes de 8:00 a 22:00, salvo festivos, en Barcelona ciudad.
Por asistencia, sábados, domingos y festivos de 8:00 a 22:00.
Por asistencia, todos los días de 22:00 a 8:00, también de madrugada a precio cerrado.
Si le detienen un martes a las 23:30 y le asisto esa madrugada en comisaría, son 726 € (600 € + IVA), y si a las 10:00 del día siguiente pasa a disposición del juzgado de guardia y le asisto de nuevo, otros 484 € (400 € + IVA). En total, 1.210 € (1.000 € + IVA), que le digo por teléfono antes de salir de casa.
La cifra incluye el desplazamiento dentro de Barcelona ciudad y la intervención completa en la diligencia. Fuera de la ciudad se añade únicamente el desplazamiento, pactado por teléfono antes de salir. Llamarme o escribirme no supone por sí solo que me haga cargo del asunto. Acepto cada asistencia por teléfono, según mi disponibilidad, y le confirmo el precio por escrito antes de ponerme en camino. Si después me confía la defensa, todo lo abonado por estas asistencias se descuenta íntegramente de los honorarios del asunto.
Toda persona detenida que no designe abogado tiene derecho a que la asista uno del turno de oficio, sin acreditar antes que carece de recursos. Esa asistencia es gratuita si después se le reconoce el derecho a la asistencia jurídica gratuita. Si no se le reconoce, debe abonar al abogado de oficio los honorarios de su intervención (artículo 6.2 de la Ley 1/1996, de asistencia jurídica gratuita). Esta tarifa es para quien prefiere designar desde el primer momento a un abogado de su elección.
Como cada asunto es distinto y el honorario depende de la complejidad, la fase, la urgencia y la dedicación que exige, prefiero verlo con usted y darle una estimación seria antes que una cifra genérica.
Cuénteme su situación y le diré, con franqueza, cómo puedo ayudarle.
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